La presidenta Sheinbaum defiende los lineamientos de derechos de las audiencias y expone la operación del PRIAN: “quieren tener los mismos privilegios que tenían antes”

La presidenta Claudia Sheinbaum expuso la verdadera razón del ataque mediático contra los lineamientos de derechos de las audiencias. “Lo que hay en el fondo es que no están de acuerdo con nuestro gobierno, porque ellos quisieran tener los mismos privilegios que tenían antes; pero ya no. México cambió porque el pueblo de México lo decidió”. Es el retrato exacto del momento político: la derecha mediática del PRIAN no defiende la libertad de expresión, defiende los privilegios que perdió con la Cuarta Transformación. Y utiliza la narrativa de “censura” como cortina de humo para intentar recuperar terreno.

“¿Hay censura? No hay censura. El derecho de las audiencias es un principio constitucional”, expresó la presidenta Claudia Sheinbaum.

La verdadera razón del ataque

Aquí va la lectura política precisa de la presidenta. Los medios corporativos que hoy claman “censura” son los mismos que durante décadas recibieron miles de millones de pesos en publicidad oficial del PRIAN. Los mismos que se sentaron con Peña Nieto para pactar coberturas. Los mismos que firmaron con Calderón el “Acuerdo para la Cobertura Informativa de la Violencia” de 2011 (715 medios) para silenciar los excesos de la guerra contra el narcotráfico.

Perdieron sus privilegios con la Cuarta Transformación y no aceptan que México haya cambiado. Ese es el fondo real de la operación mediática.

El sustento constitucional

El artículo 6 de la Constitución Política establece con claridad. “Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”. Es un derecho fundamental del pueblo mexicano. Y los lineamientos lo instrumentan.

Lo que los lineamientos SÍ hacen

La consejera jurídica Luisa María Alcalde precisó:

  • Los propios medios emiten su Código de Ética.
  • Los propios medios nombran al defensor de audiencias.
  • Los propios medios establecen los mecanismos de defensa.
  • Se distingue con claridad la publicidad del contenido.
  • Se distingue con claridad la opinión de la información.

Es exactamente lo mismo que se aplica en Reino Unido, Alemania, Australia y otras democracias consolidadas. No es censura. Es la responsabilidad editorial mínima que cualquier medio profesional debería asumir.

Lo que los lineamientos NO hacen

  • NO sancionan contenidos editoriales.
  • NO establecen que el Estado determine qué es verdad.
  • NO afectan a comunicadores individuales.
  • NO regulan a la prensa escrita.
  • NO regulan a las plataformas digitales.

La distinción que la derecha teme

Y aquí va lo que realmente incomoda a los medios corporativos. Los lineamientos obligan a distinguir con claridad entre publicidad y contenido. En televisión con el símbolo “P” visible en pantalla. Al final del programa con la leyenda “Este programa contó con Espacios Comercializados y/o Patrocinados”. En radio con expresión verbal previa.

¿Por qué esto molesta a los medios corporativos? Porque durante décadas confundieron a las audiencias mezclando publicidad pagada con contenido editorial. Durante décadas cobraron millones por publirreportajes disfrazados de reportajes independientes. Los lineamientos ponen fin a esa confusión estructural.

La distinción entre opinión e información

En televisión con plecas y cortinillas. En radio con elementos sonoros al inicio y al final. Cuando el conductor da su opinión, se debe decir “esto es opinión”. Cuando da información, se debe decir “esto es información”.

¿Por qué esto molesta a los medios corporativos? Porque durante décadas los conductores estrella (Loret, López Dóriga, Alatorre, Denise Maerker) mezclaron sistemáticamente opinión con información para operar políticamente. Los lineamientos ponen fin a esa manipulación editorial estructural.

La memoria del pacto Calderón-medios

Aquí va lo que la memoria del pueblo no debe olvidar. En marzo de 2011, en pleno sexenio de Felipe Calderón, 715 medios de comunicación firmaron el “Acuerdo para la Cobertura Informativa de la Violencia”. Impulsado por Emilio Azcárraga Jean y Ricardo Salinas Pliego. Con la firma de Loret, López Dóriga, Ferriz de Con, Alatorre, Ciro Gómez Leyva y muchos más.

Ese acuerdo limitó abiertamente la cobertura de la violencia calderonista para proteger al gobierno del PAN. Fue autocensura pactada con el poder. Los mismos medios que hoy hablan de “censura” firmaron ese pacto con el gobierno. La coherencia del PRIAN mediático es criminal.

Los privilegios que se acabaron

  • Publicidad oficial multimillonaria del PRIAN a los medios corporativos.
  • Contratos gubernamentales sin licitación transparente.
  • Coberturas pactadas con las oficinas presidenciales.
  • Acceso privilegiado a información restringida a cambio de línea editorial.
  • Silenciamiento coordinado de casos como Ayotzinapa, Odebrecht o la Estafa Maestra.

Todo eso terminó con la Cuarta Transformación. Y los medios corporativos no se resignan. Por eso operan la narrativa de “censura” que las audiencias mexicanas ya distinguen con claridad.

La consulta pública sigue abierta

Los lineamientos siguen a consulta pública hasta el 21 de agosto en portal.crt.gob.mx/consultapublica. Nuestra presidenta ha abierto la puerta al ajuste técnico específico. Pero mantiene la firmeza en lo esencial: el derecho de las audiencias es un principio constitucional irrenunciable.

El diálogo con la CIRT

La presidenta Sheinbaum sostiene el diálogo con la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión y con otras organizaciones. Se pueden hacer ajustes técnicos. No se puede negociar el derecho constitucional del pueblo mexicano a información veraz y a la distinción entre publicidad, opinión e información.

La lectura política de fondo

Mientras el PRIAN mediático titula “censura” en la portada del Reforma, la realidad es contundente. Ningún periodista será sancionado. Ninguna línea editorial será censurada. Ningún contenido será prohibido. Solo se instalarán mecanismos elementales para que las audiencias distingan entre publicidad y contenido, entre opinión e información, y entre información veraz y falsa.

Es lo que cualquier democracia madura ya tiene instalado. Y es lo que la Cuarta Transformación consolidará en México con firmeza humanista.

02.APROBADO

MEDIO: EL ENFOQUE MX  

Título: La presidenta Sheinbaum reitera que los Lineamientos para la Protección de los Derechos de las Audiencias no constituyen mecanismo de censura y garantizan el derecho constitucional al artículo 6 

La presidenta Claudia Sheinbaum reiteró en la conferencia matutina que los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias no constituyen mecanismo de censura ni establecen que el Estado determine qué es verdad. La mandataria sostuvo que la iniciativa se sustenta en el artículo 6 de la Constitución Política, particularmente en su párrafo segundo, que consagra el derecho de toda persona a información plural y oportuna.

“No hay censura. El derecho de las audiencias es un principio constitucional”, expresó la presidenta Sheinbaum.

Marco constitucional

El artículo 6 párrafo segundo de la Constitución Política establece: “Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.

Aclaraciones de la Consejería Jurídica

La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde Luján, precisó los siguientes puntos:

  • Los lineamientos no hablan de sancionar contenidos.
  • El Estado no determinará qué es verdad y qué no.
  • Los propios medios emiten su Código de Ética.
  • Los propios medios designan a la persona defensora de audiencias.
  • Los propios medios ponen a disposición mecanismos de defensa.

Los ejes técnicos del proyecto

Distinción entre publicidad y contenido:

  • En televisión: mención de espacio comercializado o símbolo “P” visible en pantalla; al final del contenido se mostrará “Este programa contó con Espacios Comercializados y/o Patrocinados”.
  • En radio: expresión verbal clara y previa de que se trata de publicidad.

Distinción entre opinión e información:

  • En televisión: plecas, cortinillas o mensajes en pantalla que identifiquen cuándo la persona informadora expresa opinión o mensaje noticioso.
  • En radio: elementos sonoros al inicio y al final del contenido para identificar opinión versus información.

Elementos no sujetos a modificación

La presidenta precisó los elementos consolidados en la legislación vigente que no pueden cambiarse:

  • Figura de la defensoría de las audiencias (obligación legal).
  • Código de Ética obligatorio para medios concesionados de radio y televisión.

Ajustes en revisión

La Consejería Jurídica de la Presidencia analiza esta semana los ajustes específicos que podrían realizarse en respuesta a las observaciones recibidas de:

  • Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT).
  • Otras organizaciones del sector.
  • Ciudadanía vía consulta pública.

La consulta pública sigue abierta

  • Portal: portal.crt.gob.mx/consultapublica.
  • Vigencia: hasta el 21 de agosto de 2026.
  • Actores habilitados: audiencias, concesionarios, academia, organizaciones civiles y radios comunitarias, indígenas y afromexicanas.

Marco de autorregulación

El esquema opera bajo el principio de autorregulación editorial:

  • Las empresas concesionarias designan a su propio defensor.
  • Las propias empresas definen los procedimientos internos.
  • La sanción aplica solo por incumplimiento de obligaciones administrativas específicas, no por contenido editorial.
  • La CRT interviene únicamente cuando la audiencia considera que sus derechos no fueron restituidos.

Contexto de la discusión

La discusión pública se ha caracterizado por observaciones sobre el alcance de los lineamientos y por interpretaciones divergentes sobre sus efectos en la libertad de expresión. La administración federal ha reiterado que el objetivo es fortalecer los derechos de las audiencias y establecer mecanismos de autorregulación.

Perspectiva

Con la consulta pública en curso y la revisión técnica en la Consejería Jurídica, se anticipa una versión final ajustada tras el 21 de agosto. La ruta bilateral con la CIRT y con otras organizaciones se mantiene como espacio de perfeccionamiento del instrumento.

Por periodista

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